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Pride: la celebración de junio

Por muchos años hablar de diversidad sexual fue un tema controvertido y censurado en la sociedad, muy a pesar de que las distintas culturas han tenido preferencias diversas de manera conocida, y no solo ha sido un tema censurado, sino que aquellas personas que pertenecían a la comunidad LGBTTTIQ+ eran acosadas, perseguidas, maltratadas y hasta privadas de la vida a causa de sus preferencias.

Según el historiador John D´ Emilio, desde la década de 1950 existía una identidad homosexual consolidada en Estados Unidos, pero no fue hasta la entrada de la década de 1960 que esta identidad cobró visibilidad y comenzó a ser practicada particularmente en dos ciudades americanas: San Francisco y Nueva York.

Debido a la notoriedad de esta práctica, durante los años sesenta en Nueva York se organizaban “pesquisas” en los bares gays. El 28 de junio de 1969, en una de esas pesquisas, la policía de Nueva York irrumpió en el bar Stonewall Inn y comenzó a sacar a los clientes; éstos se resistieron al arresto y fue entonces cuando comenzaron los disturbios que duraron tres días; con estas acciones se inició un movimiento emergente que luchaba por los derechos de los homosexuales, siguiendo el modelo del movimiento por los derechos civiles y el movimiento por los derechos de las mujeres. Brenda Howard, activista bisexual de Nueva York y considerada como “la Madre del Orgullo”, fue quien organizó el primer desfile del Orgullo para conmemorar el primer aniversario del levantamiento de Stonewall.

Ha llegado a ser tan popular esta celebración que, en el año de 2016, el área alrededor del bar Stonewwall Inn fue designada monumento nacional.

Con este movimiento se han tenido muchos avances y logros; sin embargo, aún falta mucho por hacer pues sigue existiendo discriminación y violencia. En sesenta países los actos homosexuales aún son criminalizados, en nueve de ellos son castigados con la pena de muerte.

En México está establecido en el artículo primero de la Constitución que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la misma Constitución establece. También se estipula que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

En esta disposición constitucional se encuentra el principal fundamento en México para respetar los derechos humanos de las personas que pertenecen a la comunidad LGBTTTIQ+, también podemos encontrar protegidos sus derechos en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. En ella se establece que se entiende por discriminación, exclusión o restricción, aquello que tenga como resultado restringir el ejercicio de los derechos humanos, por preferencia sexual, estado civil o situación familiar. La discriminación también engloba la homofobia, la misoginia, así como cualquier tipo de intolerancia.

Entre los cambios positivos que se han establecido en México con relación al reconocimiento de estos derechos, también podemos encontrar el matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo, que, aunque no en todas las entidades federativas se encuentra legislado, si es posible lograrlo por medio de la tramitación de amparos de carácter individual; de igual forma, se ha establecido que las parejas del mismo sexo tienen derecho a casarse en los diferentes consulados mexicanos del mundo.

En Ciudad de México, la comunidad LGBTTTIQ+ tiene derecho a la salud y a recibir tratamientos antirretrovirales para efecto de combatir el VIH-SIDA, mientras que los intersexuales y transexuales tienen derecho a la atención y al abastecimiento de tratamientos que permitan que los cuerpos respondan a su identidad de género.

Cabe hacer mención que en México las personas que pertenecen a dicha comunidad, tienen derechos políticos, económicos, sociales y culturales al igual que el resto de la ciudadanía, al igual que en materia electoral, pues ya son considerados como miembros activos de la sociedad y no como grupos vulnerables o en situación de desventaja frente al resto de los ciudadanos; esto muestra que poco a poco la discriminación se ha ido haciendo menor, aunque aún hay mucho por hacer.

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