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Lo que se ve

El acoso sexual es un delito: artículo 179 del Código Penal de la Ciudad de México. En la ley vigente de la Ciudad de México se establece que acoso sexual es “una conducta de naturaleza indeseable para quine la recibe, que le causa un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad”.* De manera similar, se encuentra en otras leyes estatales.

Hemos sido testigos de estas conductas a veces en persona, por redes sociales, por medios de comunicación. Hemos visto los videos, las fotos, las transmisiones en vivo y, sin embargo, culpamos a la mujer víctima; no creemos que haya pasado, le pedimos pruebas para comprobar su inocencia, que no “incitó” la conducta; analizamos su ropa, su comportamiento; se reviven viejas publicaciones y fotos; se releen mensajes, se explora si tuvo algún tipo de relación y cómo fue su comportamiento. En resumen, como sociedad, revictimizamos a la víctima. Exigimos la demostración de no culpabilidad ni de responsabilidad. No creemos en la víctima. La carga no va sobre la persona victimaria, esta se encuentra “tranquila” porque no es juzgada por la sociedad y, a veces, ni por el Estado.

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, 78.3% de las mujeres de 15 años y más que experimentaron violencia física y/o sexual por parte de su pareja actual o última no solicitaron apoyo ni presentaron alguna denuncia o queja. De este porcentaje, 22.2 por ciento no lo hizo por miedo a las consecuencias y, 18% por vergüenza. Por ámbito de violencia, el porcentaje de mujeres víctimas de violencia que no buscó ayuda y no presentó alguna queja o denuncia porque pensó que no le iban a creer o le iban a decir que fue su culpa fue de 13.4 en el ámbito laboral, 13.3 en el espacio familiar, 12.4 en el escolar, 6.7 en el ámbito comunitario y 4.1 en la pareja. Estas estimaciones demuestran que, aunque posiblemente no se haya tenido la experiencia de contactar a alguna autoridad o institución, la idea que se tiene es que existe la revictimización; la obligatoriedad de demostrar que existió la violencia y, además, comprobar que no fuiste la culpable, la responsable, la provocadora. 

Estas ideas no son creaciones o invenciones de las mujeres, tienen una base. Por empleo, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022, 3.9 de la población de 18 años y más cree que está “mucho” y “algo” justificado que un hombre le pegue a una mujer, 3.2% de mujeres están de acuerdo con esa frase y la estimación para los hombres es de 4.6 por ciento. También, con la ENADIS se estimó que 11% de la población de 18 años y más está de acuerdo que algunas mujeres son violadas porque provocan a los hombres; ¡13.1% de los hombres de 18 años y más estuvo de acuerdo con esta frase! Este tipo de creencias no es exclusivo de los hombres, pues la ENDIREH también explora la opinión de las mujeres sobre ciertos roles masculinos y femeninos: 28.8 de las mujeres de 15 años y más estuvo de acuerdo con que las mujeres que se visten con escotes provocan que los hombres las molesten y, 7.1 con que las mujeres casadas deben tener relaciones sexuales con su esposo cuando él quiera.

Estas frases demuestran que estructuralmente la violencia contra mujeres es vista como “normal”, que las mujeres son las provocadoras e incitadoras. Si una mujer es víctima de algún tipo de violencia, violación, acoso y/o abuso sexual “fue porque ella lo provocó, lo buscó”. El consentimiento se da de manera libre y, muy importante, es reversible. En el momento que una mujer diga “no” es no, sin importar que pasó antes, el tipo de relación y dinámica que existía con la otra persona. Hay que dejar de indagar qué pasó antes, de revictimizar a las víctimas, pues la única persona responsable y culpable, siempre, es el victimario.

*Código Penal para el Distrito Federal, artículo 179. Última reforma: 21 de agosto de 2023. Disponible aquí.

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